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TOTAL LIBERTAD:Si Ud o un familiar suyo es titular de un seguro de decesos,debe saber que el servicio funerario podrá realizarselo la funeraria que Ud elija;
Posteriormente se le comunicará a su aseguradora el nombre de la empresa que está realizando el servicio para que ésta compruebe a través de alguno de sus agentes que todo se desarrolla según lo establecido en póliza;
Algunas compañías solicitan para hacer efectivo el importe una serie de documentación que NO es necesaria (declaracion de herederos,Testamento del fallecido,etc) ya que no se trata de una indemnización sino del abono correspondiente a una prestación de servicios.
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